SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2019-S2
Fecha: 21-May-2019
II.3.
II.3. En ejecución de sentencia, de acuerdo al Auto de apelación, se solicitó que ENDE informe sobre las cuentas bancarias, bienes o rentas que administraba de COSERELEC S.A., que al incumplir dicha entidad, motivó que el Juez de la causa disponga la retención de fondos de ENDE, hasta la suma adeudada determinación observada por dicha entidad, solicitando sea únicamente hasta el límite de lo recaudado, que mereció la parte demandante la remisión de los fondos que tiene ENDE de Bs1 027 788,38.- en la Cuenta 1102001001 del Banco Unión S.A., que obtuvo como respuesta el Auto Interlocutorio de 13 de febrero de 2017, por el que el Juez dispuso se oficie al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, que proceda a la remisión de fondos exclusivamente de la cuenta citada.