Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2019-S4
Fecha: 16-May-2019
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Los accionantes alegaron la lesión de sus derechos a la inviolabilidad del domicilio, al hábitat y vivienda, al agua y alimentación, a la privacidad, a la dignidad, al trabajo, al acceso a la justicia, a la salud y a los servicios de energía eléctrica y alcantarillado; citando al efecto los arts. 16.I, 19.I, 21.2, 22, 46.I.1 y 47.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Audiencia pública de inspección ocular
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Tutela provisional e inmediata ante medidas de hecho
- derecho a la dignidad de las personas, puesto que de su protección, sin duda depende la materialización de otros derechos, como son el acceso a una vivienda digna y a los servicios básicos
- la vinculación de dicha medida con la vulneración de un derecho fundamental de carácter primario, y que ello requiera una tutela inmediata; como ser el acceso a la vivienda y a los servicios básicos;
- los propietarios de bienes inmuebles dados en arrendamiento ya sea para fines de vivienda o para el desarrollo de actividades comerciales o laborales, perturben la pacífica posesión o bien acudan al ejercicio de vías de hecho, haciendo justicia por mano propia
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR