SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2019-S2
Fecha: 21-May-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante por sí y en representación de sus hijos alega la vulneración de sus derechos a la propiedad privada, a la educación y a la salud de los menores de edad; y, al principio de interés superior de la niña, niño y adolescente; toda vez que, pese a tener derecho propietario de una vivienda, que fue ocupada por la abuela paterna de sus hijos (Justa Susanne Leickhardt de Korponai), con la condición de que ésta cubriera los costos de colegiatura; sin embargo, ante su incumplimiento decidió recuperar el inmueble; empero, se percató que era ocupado por una persona extraña (Martha Carolina Gamarra Céspedes), a quien nunca autorizó que ingresara y quien se rehusó a desocuparlo con el argumento de que ocupaba la casa en calidad de arrendamiento; por lo señalado, solicita la entrega física del inmueble referido.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la acción de amparo constitucional, que no define derechos controvertidos. Jurisprudencia reiterada
- solo es procedente cuando el referido derecho está plenamente consolidado y acreditado
- los hechos controvertidos o aún pendientes de ser resueltos en la vía judicial o administrativa, no pueden ser solucionados por la vía constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR