Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2019-S4
Fecha: 22-May-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Se aperturó proceso disciplinario administrativo en su contra, por la presunta comisión de faltas graves previstas en el art. 14.4 y 17 de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (LRDPB) –Ley 101 de 4 de abril de 2011–, emitiendo el Tribunal Disciplinario Departamental de Pando, la Resolución Administrativa (RA) 046/2017 de 30 de octubre, sancionándolo con la baja definitiva de la Policía Boliviana. Por lo que, formuló recurso de apelación ante el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana, siendo éste resuelto por Resolución 062/2018 de 11 de mayo, declarándolo improbado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de congruencia en las resoluciones de alzada
- Este principio está referido a la concordancia existente entre el pedimento planteado por las partes y la decisión que de tal pedido desprende el juez o tribunal; quedando entendido que los mismos no puede modificar el petitorio ni los hechos planteados en la demanda. Es decir, debe existir una adecuación ‘entre la pretensión u objeto del proceso y la decisión judicial’,
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- las autoridades
- CONFIRMAR