Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2019-S4
Fecha: 22-May-2019
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Santiago Delgadillo Villalpando, Juan Luis Cuevas Guagama, Alfredo Miguel Vilca Conde, Ángel Guillermo Dávalos Castillo y Javier Freddy Huanca Tintaya, todos miembros del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana, no asistieron a la audiencia de consideración de esta acción de defensa ni presentaron informe, pese a su citación de fs. 208, 209 y 210.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de congruencia en las resoluciones de alzada
- Este principio está referido a la concordancia existente entre el pedimento planteado por las partes y la decisión que de tal pedido desprende el juez o tribunal; quedando entendido que los mismos no puede modificar el petitorio ni los hechos planteados en la demanda. Es decir, debe existir una adecuación ‘entre la pretensión u objeto del proceso y la decisión judicial’,
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- las autoridades
- CONFIRMAR