SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2019-S2

Fecha: 29-May-2019

“improcedencia”

La Jueza Pública de Familia Primera de la Capital del departamento de Chuquisaca,  constituida en Jueza de garantías, mediante la Resolución 10 de 15 de noviembre de 2018, cursante de fs. 109 a 111, declaró la “improcedencia” de la acción de amparo constitucional, con los fundamentos que al haberse instaurado la acción de amparo constitucional contra la Presidenta del Concejo Municipal y no así contra la Secretaria de dicha entidad, que conforme a las normas en materia de municipalidades, corresponde la suscripción de los contratos no solo a la Presidenta, sino también a la Secretaria del Concejo que resulta ser una Concejal, correspondía interponer la acción contra las personas que deben hacer cumplir las resoluciones, de lo contrario se constituiría en resoluciones inejecutables.