SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2019-S1

Fecha: 28-May-2019

II.2.

II.2.    Mediante memorial de 17 de enero de 2018, el Grupo Interdisciplinario de Soluciones “GIS S.R.L.”, presentó excepción de incompetencia y arbitraje en contra de la demanda ejecutiva, argumentando la vigencia de la cláusula décima del documento de 21 de julio de 2015, citando normativa de la Ley de Arbitraje y Conciliación -Ley 1770 de 10 de marzo de 1997-, así como de la Ley de Conciliación y Arbitraje -Ley 708-         (fs. 77 a 79 vta.); misma que fue contestada por escrito de 21 de marzo de igual año, señalando que la letra de cambio es un título valor autónomo que no difiere la obligación civil contenida en el referido documento el cual tiene por objeto un contrato de inversión y que lo pretendido en la acción ejecutiva no es el cumplimiento del contrato de inversión sino el cumplimiento de un título valor equivalente al pago efectivo que no puede ser confundido con una garantía, citando al efecto el art. 15.I de la LOJ in fine, sobre la aplicación preferente de la ley especial sobre la general, arts. 1, 2, 3, 6, 9 y 11 del CCom y 379 del CPC (fs. 110 a 112).