SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2019-S1
Fecha: 28-May-2019
II.3.
II.3. Cursa Sentencia Definitiva 137/2018 de 15 de junio, que declaró improbada la excepción de incompetencia y arbitraje, manteniendo firme y subsistente la Sentencia inicial, con costas, fundamentando que: 1) Previa cita de la definición de los títulos valores, normas legales sobre las condiciones del giro de una Letra de Cambio y su naturaleza jurídica, señaló que para la procedencia de una excepción de arbitraje, el convenio arbitral debe estar inserto en el documento base de ejecución; y, 2) En el presente caso, la cláusula arbitral se encuentra en un documento diferente al ejecutado, en la Letra de Cambio no es posible incluir una cláusula arbitral, por lo que “El derecho a la prestación consignada en él no puede estar subordinado a contraprestación alguna” (sic) por constituir un documento mercantil autónomo (fs. 136 a 138 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- primero
- a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- III.2.
- puntos resueltos por el inferior
- Fragmento 17
- 1º CONCEDER en parte