SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2019-S1

Fecha: 28-May-2019

II.4.

II.4.    Por Memorial de 29 de junio de 2018, el Grupo Interdisciplinario de Soluciones “GIS S.R.L.”, formuló recurso de apelación en efecto devolutivo, exponiendo los siguientes agravios: i) El ejecutante suscribió un contrato de inversiones, cuya cláusula décima indica que toda divergencia sobre la interpretación y ejecución del contrato serán resueltas en la vía de conciliación y arbitraje ante la CAINCO; ii) El documento base del proceso ejecutivo, fue consignado como garantía de un contrato de inversión, y ante su eventual incumplimiento, la ejecución del mismo se debe realizar ante el tribunal arbitral; iii) El demandante sometió la ejecución del contrato y sus garantías ante un proceso arbitral, de cual emergerá un laudo que tendrá carácter de cosa juzgada, por lo que no se podría tramitar otro proceso que podría dar lugar a resoluciones contradictorias; iv) La letra de cambio se canceló en su totalidad, con un interés mensual del 1%, y son las utilidades de la inversión que están supeditadas al éxito del proyecto, las que están siendo debatidas ante el Tribunal Arbitral; y, vi) Se incumplieron los    arts. 42, 43, 44 y 45 de la LCA (fs. 141 a 143); que a su vez, fueron contestados mediante escrito presentado el 24 de julio del mencionado año por el ahora accionante, refiriendo que: a) No existe exposición ni fundamentación de agravios y tampoco el apelante indicó qué parte de la resolución le ha causado agravio, incumpliendo los arts. 259, 260 y 261 del CPC; y, b) La Sentencia impugnada contiene una estructura esquemática, coherente y fundamentada, realizando un análisis exhaustivo del alcance doctrinal y legal de una excepción de incompetencia, para luego sustentarla con la aplicación de la norma que rige la materia (fs. 149 y vta.).