Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0265/2019-S2
Fecha: 21-May-2019
a)
a) No estoy de acuerdo con la autolimitación que se realiza en dicha Sentencia, respecto al examen de la Resolución 202/2018 de 27 de junio, que también fue impugnada por el accionante; debiéndola haberla sometido a control de constitucionalidad conjuntamente con la Resolución 218/2018 de 11 de julio, ambas pronunciadas por el Honorable Consejo Universitario (HCU) y cuestionadas por el impetrante de tutela; y,
- Partes:
- I.
- a)
- b)
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- II.1.
- Fragmento 7
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: i)
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- 1)
- 2)
- En ese marco, correspondía que la SCP 0265/2019-S2, sobre la base de los razonamientos de este Voto Disidente, efectúe el siguiente análisis del caso concreto:
- Resolución 202/2018 emitida por el HCU, que resolvió disponer la cesación de representatividad del accionante
- solicitud de reconsideración presentada ante el HCU mediante Nota UMSA/FUL–HD-CENT.CITE: 310/2018 de 3 de julio
- dos tercios de votos afirmativos de los Consejeros asistentes
- la misma alcanza a los gastos que el solicitante de tutela tuvo que efectuar para lograr la reposición del derecho conculcado
- CONFIRMAR en parte
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)