VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0265/2019-S2
Fecha: 21-May-2019
Fragmento 7
Por su parte, la SC 0802/2007-R de 2 de octubre[4] se refirió a la fundamentación como sustento de una resolución disciplinaria; empero, es la SCP 2221/2012 de 8 de noviembre[5] la que desarrolla el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada, señalando que el mismo está dado por sus finalidades implícitas, como son: 1) El sometimiento a la Constitución Política del Estado y al bloque de constitucionalidad; 2) Lograr el convencimiento de las partes que la resolución no es arbitraria; es decir, que observa el valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia; 3) Garantizar la posibilidad del control de la resolución por medio de los recursos; 4) Permitir el control social de la resolución en mérito al principio de publicidad; y, 5) La observancia del principio dispositivo, que implica la otorgación de respuestas a las pretensiones de las partes -quinta finalidad complementada por la SCP 0100/2013 de 17 de enero-[6].
- Partes:
- I.
- a)
- b)
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- II.1.
- Fragmento 7
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: i)
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- 1)
- 2)
- En ese marco, correspondía que la SCP 0265/2019-S2, sobre la base de los razonamientos de este Voto Disidente, efectúe el siguiente análisis del caso concreto:
- Resolución 202/2018 emitida por el HCU, que resolvió disponer la cesación de representatividad del accionante
- solicitud de reconsideración presentada ante el HCU mediante Nota UMSA/FUL–HD-CENT.CITE: 310/2018 de 3 de julio
- dos tercios de votos afirmativos de los Consejeros asistentes
- la misma alcanza a los gastos que el solicitante de tutela tuvo que efectuar para lograr la reposición del derecho conculcado
- CONFIRMAR en parte
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)