ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0391/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0391/2019-S2

Fecha: 19-Jun-2019

II.6.

II.6.    Los anteriores propietarios del predio “La Esperanza”, por medio de su apoderado Ruperto Urapiña, mediante memorial de 15 de febrero 2018, respondieron a la demanda contenciosa administrativa, alegando en lo principal: i) En relación a las dos evaluaciones técnicas de cálculo de la FES del predio, impugnaron estos informes y resultados al INRA, solicitándole verifique en campo, que el predio cumplía en su totalidad con la FES; empero, el INRA indicó que no era necesario; por lo que, se suscribió el acta de conciliación y se decidió reconocer la superficie de 5099,7235 ha; ii) Respecto a la declaración jurada de posesión pacifica, en la cual existiría una firma sin identificación, este extremo debió ser percatado en las pericias de campo, no pudiendo ser utilizado ese error en contra del administrado; iii) En la pericia de campo, el INRA no realizó la mensura de las servidumbres ecológicas existentes en el predio y que en gabinete hubiera determinado la superficie de 355,4981 ha, misma que fue recortada de la superficie final a reconocer a favor del predio; y, iv) El ente administrativo, realizó el proceso de saneamiento con una serie de errores y deficiencias; correspondiendo la nulidad del proceso hasta las pericias de campo (fs. 27 a 30).