SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2019-S3

Fecha: 19-Jun-2019

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Primero de Camiri del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías por Resolución 02 de 7 de diciembre de 2018, cursante de fs. 51 a 54, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) La jurisprudencia indicada por el accionante establece que la solicitud de suspensión condicional de la pena no está sujeta a la ejecutoria de la sentencia emitida ni que deba ser solicitada mediante acto procesal separado; sin embargo, de manera contradictoria la SCP 0398/2015-S3 de 17 de abril, refiere que la sentencia que se emita en el proceso penal deberá primero adquirir calidad de cosa juzgada; 2) La suspensión condicional de la pena, no es automática sino que es una facultad jurisdiccional del juez concederla o negarla en razón de su consistente fundamentación; y, 3) No corresponde a la instancia constitucional conceder la suspensión condicional de la pena impetrada, pues la acción de libertad no ha sido configurada con el propósito de analizar los móviles o causas que hayan inducido al delito, su naturaleza y modalidad.