Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2019-S4
Fecha: 05-Jun-2019
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La accionante denunció la lesión a sus derechos a la libertad, debido proceso en su garantía mínima a la valoración razonable de la prueba, fundamentación, motivación y la igualdad, contemplados en los arts. 22, 23.I, 115 y 116 de la CPE; 7 numerales. 1, 3, 4 y 5 parte in fine, y 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- al tribunal de apelación no le está permitido anular obrados cuando verifique que el juez de instrucción omitió explicar los motivos que le llevaron a determinar, rechazar o modificar una medida cautelar,
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones.
- la decisión se elevará en revisión, de oficio, ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, en el plazo de las veinticuatro horas siguientes a su emisión