Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0331/2019-S1
Fecha: 06-Jun-2019
II.2.
II.2. Consta memorial de 11 de mayo de 2018, presentado por Domingo Apaza Mamani, querellante dentro del proceso penal seguido en contra de la peticionante de tutela, bajo la suma “Contesta traslado y formula oposición” (sic) a la solicitud de cesación de detención preventiva de la prenombrada (fs. 16 a 17).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.2.1.
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de celeridad en los procesos penales y la acción de libertad de pronto despacho
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER