SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0347/2019-S4
Fecha: 05-Jun-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera lesionados el debido proceso en sus elementos de valoración razonable de la prueba y de legalidad; toda vez que, alegando ante el supuesto incumplimiento de las conminatorias emanadas por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, los demandados, emitieron la RA 0861/2017 de 29 de diciembre, que resolvió proceder a la baja, supresión y reversión a dominio municipal de su puesto de venta, con Registro SIGAE 119088, sin la previa tasación de la prueba aportada por su parte; determinación que pese a haber sido impugnada mediante los recursos de revocatoria y jerárquico, fue confirmada por las RRAA 54/2018 de 14 de febrero y 29/2018 11 de julio, en las que igualmente, se omitió valorar los elementos probatorios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Auto restricciones de la jurisdicción constitucional. Desarrollo jurisprudencial.
- no puede ni debe determinar derechos por lo que no puede ingresar a valorar la prueba presentada dentro del proceso, correspondiendo dicha labor a las autoridades jurisdiccionales que han conocido el proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- CONFIRMAR