Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2019-S2
Fecha: 05-Jun-2019
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Asencio Franz Mendoza Cárdenas, Presidente de la Sala Penal Tercera; y, Rocío Celia Manuel Choque, Vocal de la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia Segunda, ambos del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, no se hicieron presentes en la audiencia ni remitieron informe escrito, pese a su legal citación, conforme consta de las diligencias de fs. 12 y 13, respectivamente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En cuanto a los requisitos que debe contener una resolución administrativa en segunda instancia, la SCP 0275/2012 de 4 de junio
- [4]
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- 2)
- REVOCAR en parte
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)