SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0448/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0448/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

no le pide

Conocido el incidente por la Jueza de Instrucción Penal Tercera de la Capital del departamento de La Paz, emitió el “Auto Interlocutorio 343/2018”, por el que lo rechazó; decisión judicial contra la que interpuso recurso de apelación incidental; instancia en la cual, la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, admitió el recurso y declaró la improcedencia de las cuestiones planteadas, Resolución que motivó la interposición de la presente acción constitucional; empero, el accionante, puntualmente señaló en su demanda: “…con esta Acción de Amparo, mi persona no le pide a usted., que revise y me de la razón si la imputación formal está bien elaborada o no lo está, o si la Resolución del Juez de Instrucción Penal que rechaza mi incidente de nulidad se encuentra correcta o no, o si mi recurso de apelación incidental realmente está bien elaborado o no lo está; LO ÚNICO QUE PIDO ES QUE VERIFIQUE QUE LOS ACCIONADOS HAN SOSTENIDO SU DECLARATORIA DE IMPROCEDENCIA EN BASE A QUE EL RECURSO NO ESTARÍA BIEN HECHO, Y CUANDO ELLO SUCEDE, LOS VOCALES, CUALQUIERA SEA EL RECURSO, DEBEN OTORGAR AL RECURRENTE EL PLAZO DE 3 DÍAS  PARA QUE LO SUBSANE O CORRIJA” (sic).