VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0448/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0448/2019-S2

Fecha: 24-Jun-2019

Los recursos se interpondrán, en las condiciones de tiempo y forma que se determina en este Código, con indicación específica de los aspectos cuestionados de la resolución”

El Código de Procedimiento Penal en el Título I del Libro Tercero, regula las normas generales que necesariamente deben ser observadas por las partes para la presentación de los recursos ordinarios en materia procesal penal; es así que, dentro de dicho Título, el art. 396 inc. 3), establece como una de las reglas generales que: “Los recursos se interpondrán, en las condiciones de tiempo y forma que se determina en este Código, con indicación específica de los aspectos cuestionados de la resolución” (las negrillas son nuestras).