Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0170/2019-CA
Fecha: 22-Jul-2019
cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción
La fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código, no consiste en la mera identificación de preceptos constitucionales y legales y, menos en la simple trascripción de textos doctrinales y jurisprudenciales, sino que, cuando se pretende promover la acción de inconstitucionalidad concreta a petición de una de las partes, el solicitante debe exponer de manera fundada y precisa, explicando en qué medida el contenido normativo demandado de inconstitucional infringe las normas constitucionales…” (las negrillas son añadidas).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Son faltas graves y causales de suspensión cuando:
- a)
- este inconsulto texto
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- fundamentación clara y precisa
- cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción
- La expresión de los fundamentos jurídico - constitucionales es esencial
- II.4.
- RATIFICAR