AUTO CONSTITUCIONAL 0202/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0202/2019-RCA

Fecha: 11-Jul-2019

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 3 de junio de 2019, cursante de fs. 51 a 55, el accionante refiere que el 16 de enero 2007, suscribió contrato de anticrético con Carlos Elvis Canaza Flores y Gregoria Challapa Chirilla por $us2 000.- (dos mil dólares estadounidenses), el cual fue ampliado conviniendo aumentar la suma de Bs21 000.- (veintiún mil bolivianos), haciendo un total de Bs35 000.- (treinta y cinco mil bolivianos); sin embargo, a la fecha los contratistas pretenden expulsarlos del inmueble sin devolver el dinero que fue entregado en calidad de anticrético, asumiendo una actitud evasiva.

Agrega que, sin una devolución del dinero del citado anticrético pretenden sacarlo de la vivienda, pues hicieron aparecer un proceso coactivo “secreto” seguido por Justo Mamani Tinta y Martha Mayta Quispe, alegando el primero ser garante para la devolución del dinero y quien les habría convencido de firmar el “…CONTRATO DOBLE DE ALQUILER CONFIRMANDO que el VENIA NEGOCIANDO la COMPRA de la CASA como parte de una deudita que tenía con mi PROPIETARIO con el que FIRME CONTRATO ANTICRÉTICO…” (sic).