SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0227/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0227/2019-S3

Fecha: 01-Jul-2019

III.3.2. Respecto a la detención preventiva del accionante

             En relación a este punto, el peticionante de tutela alega que habiéndose solicitado la imposición de la detención preventiva en su contra, el Juez de la causa determinó su aplicación sin la debida compulsa de los elementos sometidos a su conocimiento, y ante la apelación incidental presentada las autoridades demandadas confirmaron tal decisión limitándose a reiterar los fundamentos del Juez a quo, sin sustentar la probabilidad de autoría ni los peligros procesales. 

Antes de ingresar al análisis de la problemática descrita supra, corresponde aclarar que la revisión excepcional de las decisiones asumidas en sede judicial se efectúa a partir de la última resolución pronunciada, en razón a que ella tuvo la posibilidad de corregir, enmendar y/o anular las determinaciones dispuestas por las autoridades de menor jerarquía. Por lo referido, se procederá al análisis a partir del Auto de Vista de 2 de enero de 2019.