SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0263/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0263/2019-S3

Fecha: 08-Jul-2019

i)

La CNS a través de su representante, por memorial de 13 de noviembre de 2018, cursante de fs. 157 a 160, expresó que: i) Ante el incumplimiento del pago por daño al Estado emergente del Dictamen de Responsabilidad Civil aprobado por la Contraloría General del Estado, se inició proceso coactivo fiscal contra el accionante; ii) El prenombrado presentó incidente de nulidad de citación con la demanda, admisión y demás actuados de la causa referida, alegando vulneración al debido proceso y al derecho a la defensa; iii) El Juzgado de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero de la Capital del departamento de La Paz, emitió el Auto  Interlocutorio J1° 002/2016, rechazando el incidente mencionado; iv) Presentado el recurso de apelación, la Sala Social Administrativa Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista RES. A.I. 106/2017 SSA-II, confirmó el Auto apelado; v) Interpuesto el recurso de casación contra el precitado Auto de Vista, este fue rechazado, al tratarse de un auto interlocutorio simple contra el cual no procede la indicada impugnación; vi) Ante el recurso de compulsa planteado por el recurrente, la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, por Auto Supremo 104, declaró ilegal el reclamo planteado; vii) El Tribunal Constitucional Plurinacional no puede emitir pronunciamiento contrario a las decisiones de primera y segunda instancia judicial al tratarse de resoluciones con calidad de cosa juzgada, y por la inexistencia de vulneración de derechos; y, viii) La nulidad de obrados solicitada por el peticionante de tutela, generaría un enorme perjuicio a la CNS, en virtud de que el proceso coactivo fiscal data del 2011; por lo que, en base a esos fundamentos pidió se deniegue la tutela.