Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2019-S3
Fecha: 18-Jul-2019
3° Disponer
3° Disponer, que la Fiscal de Materia demandada, expida los requerimientos solicitados mediante el memorial de 19 de febrero de 2019, para la citación de los testigos de descargo que aún no prestaron su declaración informativa, conforme a procedimiento, en cumplimiento del principio de celeridad a que está obligada en observancia de los derechos y garantías previstos por la Constitución Política del Estado, el Bloque de Constitucionalidad y la jurisprudencia emitida por este Tribunal; y, sobre los otros aspectos que incluyen el petitorio de la presente acción tutelar, el peticionante de tutela deberá acudir ante la autoridad jurisdiccional correspondiente.
- autoricé al anterior abogado, para poder realizar los mismos necesito que se presente un memorial aclarando quién es el abogado actualmente
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es aplicable la subsidiaridad excepcional del habeas corpus
- 3) Traslativo o de pronto despacho
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Su naturaleza principal radica en que, la jurisdicción constitucional, a través de esta garantía, tiene la facultad de tutelar la vida, libertad física y de locomoción, frente a las acciones y omisiones que restrinjan, supriman o amenacen de restricción o supresión, aun cuando las mismas hubieran cesado o desaparecido
- tiene la misión fundamental de evitar que en el futuro se repitan y reproduzcan los actos contrarios a la eficacia y vigencia de los derechos a la vida, la libertad física y de locomoción
- procede la acción de libertad -bajo la modalidad innovativa- aún hubiere cesado el acto ilegal en cualquiera de las modalidades protectivas de la acción de libertad; es decir, la amenaza al derecho a la vida, la privación de libertad, la persecución indebida o, en su caso el indebido procesamiento vinculado con el derecho a la libertad física o personal
- III.4. Análisis del caso concreto
- acción de libertad innovativa
- A la Defensa Especializada
- 3° Disponer