Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2019-S3
Fecha: 18-Jul-2019
II.2.
II.2. Consta memorial presentado el 19 de febrero de 2019, por la representante de AA, dirigido a la autoridad hoy demandada, pidiendo que cite a once personas para que presten su declaración en calidad de testigos de descargo y además que se le extiendan fotocopias simples de todo lo obrado; dictándose en respuesta el decreto de 20 del mismo mes y año que señala: “En lo principal y Otrosíes.- Con carácter previo a requerir lo que en derecho corresponda, la impetrante deberá señalar cuál de los profesionales abogados va asumir defensa por el adolescente en conflicto con la ley penal, toda vez que existen varios apersonamientos” (sic [fs. 36 y vta.]).
- autoricé al anterior abogado, para poder realizar los mismos necesito que se presente un memorial aclarando quién es el abogado actualmente
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es aplicable la subsidiaridad excepcional del habeas corpus
- 3) Traslativo o de pronto despacho
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Su naturaleza principal radica en que, la jurisdicción constitucional, a través de esta garantía, tiene la facultad de tutelar la vida, libertad física y de locomoción, frente a las acciones y omisiones que restrinjan, supriman o amenacen de restricción o supresión, aun cuando las mismas hubieran cesado o desaparecido
- tiene la misión fundamental de evitar que en el futuro se repitan y reproduzcan los actos contrarios a la eficacia y vigencia de los derechos a la vida, la libertad física y de locomoción
- procede la acción de libertad -bajo la modalidad innovativa- aún hubiere cesado el acto ilegal en cualquiera de las modalidades protectivas de la acción de libertad; es decir, la amenaza al derecho a la vida, la privación de libertad, la persecución indebida o, en su caso el indebido procesamiento vinculado con el derecho a la libertad física o personal
- III.4. Análisis del caso concreto
- acción de libertad innovativa
- A la Defensa Especializada
- 3° Disponer