Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2019-S3
Fecha: 24-Jul-2019
II.1.
II.1. Cursa memorial de apersonamiento presentado el 18 de septiembre de 2013 por Juan Freddy Calle Uscamayta ante la Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social Sexta de la Capital del departamento de La Paz -ahora demandada-, en calidad de representante legal de EMPRELPAZ S.A., dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales seguido por Pedro Álvarez Salvatierra (fs. 54 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 11
- 3) Una vez presentada la solicitud de apersonamiento de quien adujere ser actual representante legal; la autoridad judicial, sin mayor trámite a la brevedad posible debe pronunciarse al respecto; no pudiendo librarse o ejecutarse el apremio contra quien se prosiguió el proceso si todavía el juez de la causa no ha resuelto el nuevo apersonamiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte