SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2019-S3
Fecha: 31-Jul-2019
1)
El impetrante de tutela por intermedio de su abogado, a tiempo de ratificar el tenor íntegro de la acción tutelar presentada, amplió la misma complementando lo siguiente: 1) El Vocal demandado manifestó que el plazo de los diez días para resolver la apelación incidental, “… va correr una vez que termine o que se sortee por la sobre carga procesal…” (sic), en ese sentido se le pidió un sorteo anticipado aplicando el Acuerdo de Sala Plena 001/2017, ya que al encontrarse privado de libertad pertenece a un grupo de vulnerabilidad; y, 2) Solicitó se aplique el mismo criterio que la “…Sentencia Constitucional 1631/2012…” (sic) fallo constitucional que considera análogo, en el cual una persona de la tercera edad solicitó al Tribunal de alzada anticipo de sorteo ante la concurrencia de un inminente desapoderamiento de su vivienda, emergente del rechazo a su solicitud, interpuso acción de amparo constitucional por el que se le concedió la tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- a)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- seis meses
- '…la persona que se considera agraviada debe activar la jurisdicción constitucional máximo hasta los seis meses de tener conocimiento del acto ilegal u omisión indebida o después de haberse agotado los medios y recursos que se tengan para hacer cesar los mismos, los cuales también deben ser utilizados oportunamente…'.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR