Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2019-S3
Fecha: 31-Jul-2019
II.2.
II.2. Por decreto de 2 de julio de 2018, Blanca Carolina Chamón Calvimontes, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, en suplencia legal de su igual Primera, no dio curso a la solicitud de sorteo anticipado presentado por el ahora peticionante de tutela (fs. 23).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- a)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- seis meses
- '…la persona que se considera agraviada debe activar la jurisdicción constitucional máximo hasta los seis meses de tener conocimiento del acto ilegal u omisión indebida o después de haberse agotado los medios y recursos que se tengan para hacer cesar los mismos, los cuales también deben ser utilizados oportunamente…'.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR