Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2019-S3
Fecha: 31-Jul-2019
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 03/2019 de 27 de febrero, cursante de fs. 72 a 77 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Elías Fernando Garzón Ortega contra Jorge Alejandro Vargas Villagómez, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- a)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- seis meses
- '…la persona que se considera agraviada debe activar la jurisdicción constitucional máximo hasta los seis meses de tener conocimiento del acto ilegal u omisión indebida o después de haberse agotado los medios y recursos que se tengan para hacer cesar los mismos, los cuales también deben ser utilizados oportunamente…'.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR