SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2019-S4

Fecha: 02-Jul-2019

III.3.3.

Al respecto, es necesario recalcar que el análisis por parte de la Justicia constitucional sobre las Resoluciones emitidas por el Ministerio Público versa únicamente sobre la motivación y fundamentación de dichas resoluciones, como elementos preponderantes del debido proceso; no obstante, debemos remitirnos a la Jurisprudencia constitucional referida en el Fundamento Jurídico III.2 del este fallo constitucional, dado que si bien el accionante tiene alguna objeción sobre la decisión asumida por la autoridad demandada, que no sea relativa al deber de motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público, este podrá acudir con su reclamo ante la jurisdicción ordinaria mediante la activación de los medios legales; además de poder desvirtuar lo sostenido de contrario por el representante del Ministerio Público en el trascurso del proceso penal, en mérito a que la activación de la acción penal por algún tipo penal resulta provisional a los hechos investigados.

En mérito a lo expuesto, se tiene que el debido proceso respecto a obtener una Resolución congruente, debidamente motivada y fundamentada, de forma pronta y oportuna y la garantía de la presunción de inocencia, no fueron vulnerados con la emisión de la Resolución Jerárquica FDP-PTRZ 072/2018, correspondiendo en consecuencia denegar la tutela solicitada.