SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Cuarto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 20/2018 de 7 de febrero de 2019, cursante de fs. 60 a 61, denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes argumentos: 1) Los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Público y la querellante impugnando la cesación a la detención preventiva dispuesta por Resolución 134/2018, fueron resueltos por Auto de Vista 10/2019, pronunciada por las Vocales de la Sala Penal Tercera del mencionado Tribunal, ahora demandadas, estableciéndose que dicho fallo fundamenta respecto a cada uno de los agravios expuestos por los recurrentes y lo expuesto por el ahora solicitante de tutela, conforme a lo previsto por los arts. 124 y 398 del CPP; y, 2) Respecto al art. 235.2 del citado Código adjetivo penal, el Tribunal demandado hizo una valoración sobre la necesidad de la detención preventiva en razón de que existían más testigos que debían declarar en juicio y que en libertad puede obstaculizar e influenciar en los testigos y peritos, y la detención preventiva limita que el imputado pueda incurrir en la referida conducta.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- el derecho al debido proceso, entre su ámbito de presupuestos exige que toda resolución sea debidamente fundamentada; es decir, que cada autoridad que dicte una resolución debe
- si bien están compelidos a circunscribir sus resoluciones ‘…a los puntos de la resolución a que se refieren los motivos del agravio’, según el aforismo tantum devolutum quantum apellatum, plasmado en el mandato del art. 398 del CPP, ‘…no significa que las autoridades judiciales, en apelación, deban abstenerse de realizar el análisis sobre los supuestos previstos en el art. 233 del CPP, pues esa obligación les es exigible cuando tengan que revocar la Resolución del inferior que impuso medidas sustitutivas y, por consiguiente, aplicar la detención preventiva a el o los imputados
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR