Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0461/2019-S2
Fecha: 09-Jul-2019
II.2.
II.2. La Sentencia inicial de 5 de septiembre de 2016, emitida por el Juez Público e Instrucción Penal Primero de San Julián, provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz -autoridad ahora demandada-, dentro del proceso ejecutivo seguido por los terceros interesados contra el peticionante de tutela, declaró probada la demanda, disponiendo entre otras medidas, el remate de los bienes muebles e inmuebles, acciones y derechos de los deudores, quirografarios hasta hacerse efectivo el pago del capital de $us.23 000, más intereses, costas y costos (fs. 9 a 10 del anexo).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- concedió
- i)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 2.
- 1)
- III.1.1.Excepción a la naturaleza subsidiaria por daño irremediable e irreparable
- lo que supone que de no otorgarse la tutela al derecho o garantía constitucional vulnerados hay inminencia de un mal irreversible, injustificado y grave,
- cuando exista el riesgo de ocasionarse con un acto u omisión indebida un daño tan grave que sea irreparable por equivalencia, frente al cumplimiento de formalidades, debe preferirse la tutela inmediata de bienes jurídicos en grave riesgo de afectación, porque de no resguardarse inmediatamente los derechos, se estaría convalidando o consintiendo situaciones irreversibles que atentarían los cimientos propios del Estado Social y Democrático de Derecho
- arbitrariedad
- Fragmento 25
- III.3. Análisis del caso concreto
- fundadamente
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO