Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0461/2019-S2
Fecha: 09-Jul-2019
II.4.
II.4. Mediante memorial de 14 de febrero de 2018, los ahora terceros interesados -ejecutantes- solicitaron anotación preventiva respecto a las dos maquinarias citadas precedentemente; por lo cual, el Juez de la causa por proveído de 15 del mismo mes y año, dispuso que SEDACRUZ proceda a la anotación preventiva de la Excavadora marca Caterpillar, modelo 322CLN, póliza C 66 de 6 de enero de 2012; también, cursa el acta de embargo de la mencionada maquinaria (fs. 17 a 18 vta. y 21 del anexo); actuados con los cuales fue notificado el solicitante de tutela, el 22 de febrero de 2018 (fs. 23 del anexo).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- concedió
- i)
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 2.
- 1)
- III.1.1.Excepción a la naturaleza subsidiaria por daño irremediable e irreparable
- lo que supone que de no otorgarse la tutela al derecho o garantía constitucional vulnerados hay inminencia de un mal irreversible, injustificado y grave,
- cuando exista el riesgo de ocasionarse con un acto u omisión indebida un daño tan grave que sea irreparable por equivalencia, frente al cumplimiento de formalidades, debe preferirse la tutela inmediata de bienes jurídicos en grave riesgo de afectación, porque de no resguardarse inmediatamente los derechos, se estaría convalidando o consintiendo situaciones irreversibles que atentarían los cimientos propios del Estado Social y Democrático de Derecho
- arbitrariedad
- Fragmento 25
- III.3. Análisis del caso concreto
- fundadamente
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO