Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0466/2019-S2
Fecha: 09-Jul-2019
II.2.
II.2. Mediante Resolución FCDCPEA/OCG/I-48/2018 de 26 de febrero, el Ministerio Público formuló imputación formal contra Evergisto Cahuna Mamani -ahora tercero interesado-, por la presunta comisión de los delitos de homicidio en grado de tentativa y lesiones graves y leves previstas en los arts. 8, 251 y 271 del CP, solicitando la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva en su contra (fs. 21 a 23 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- Fragmento 12
- arbitrariedad
- una resolución será arbitraria cuando carezca de motivación o sea arbitraria o insuficiente; asimismo, cuando la resolución no tenga coherencia o congruencia interna o externa, cuya tutela por vía de la acción de amparo constitucional procederá, siempre y cuando, tenga relevancia constitucional
- III.2.
- III.2.2. Análisis de la Resolución 111/2018, pronunciada por los Vocales demandados
- no obstante a esa duda razonable esta autoridad va a dar por acreditado el numeral 1 del art. 233 del Código de Procedimiento Penal con la salvedad señalada
- Fragmento 18
- 2º
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)