SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2019-S4

Fecha: 12-Jul-2019

6.

En el contexto jurisprudencial y normativo expuesto, es posible sostener que las mujeres víctimas de violencia pueden interponer las denuncias de manera directa o a través de cualquier otra persona que conozca de la comisión de un delito de ésta índole; asimismo, ostentan el derecho a ser oídas y a intervenir en la causa penal antes de cada decisión judicial, así no se hubiese constituido en querellante, teniendo entre los entes o servicios estatales que les brindan servicio –social, psicológico y jurídico– a efectos de garantizar su acceso a la justicia, a los SLIM, cuyo proceder se enmarca en la obligación de patrocinio gratuito para la prosecución de los procesos hasta su finalización; lo que implica a su turno, la posibilidad de interponer los recursos y/o activar los mecanismos que correspondan ante las autoridades jurisdiccionales competentes así como ante los organismos de persecución penal.