Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2019-S2
Fecha: 12-Jul-2019
II.1.
II.1. Mediante Resolución de 28 de septiembre de 2017, el Tribunal de Honor del Sindicato Mixto de Transportistas “1ro de Mayo” de Quillacollo instruyó al Directorio de la referida agrupación “considerar la reincorporación de la 2da herramienta del socio Freddy Edgar Jiménez Quispe” -sic-(fs. 13).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la relación de causalidad entre los hechos, derechos y petitorio como requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- la precisión o identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados y la exactitud en la formulación del petitorio, obedece a que permite establecer la relación de causalidad entre los hechos y derechos fundamentales o garantías constitucionales denunciados como infringidos y la exactitud en el petitorio delimita el marco en función al cual la justicia constitucional deberá resolver
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13