SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2019-S1
Fecha: 09-Jul-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Suscribió con Pura Casta Rodríguez Vda. de Ruiz -hoy demandada- un contrato de anticrético de un departamento de cuatro habitaciones, tres baños y una sala de estar, ubicado en el domicilio de la prenombrada, acuerdo realizado por la suma de $us6 000.- (seis mil dólares estadounidenses), habiendo finalizado el plazo establecido en dicho contrato, hasta la fecha no se le devuelve el importe que fue entregado para el efecto, incluso la referida propietaria juntamente con su sobrina Suely Justiniano de Torrez -ahora codemandada-, en distintas ocasiones le amenazaron con que no le restituirían nunca su dinero y que la echarían a la calle; es más, le cortaron los servicios de luz y agua potable, procedieron a cerrar las puertas principales de la casa cambiando las cerraduras principales, dejándole incomunicada con el exterior y sin poder salir por más de dos días sin alimento ni agua. No obstante, el 7 de febrero de 2019 a horas “9:00” procedieron a cerrar las rejas de la puerta principal de la casa, aislándola de manera total sin permitirle salir a realizar sus labores cotidianas, mucho menos poder acceder a alimentos para su persona ni para su hija de nueve años de edad, lo cual fue comunicado a la Policía, pero los mismos manifestaron que nada podían hacer para ayudarle porque no contaban con las facultares requeridas, dejándole en un estado de vulnerabilidad y poniendo en riesgo no solo su vida sino también la de su hija, sin un instrumento legal inmediato para acceder a la tutela de dicho derecho y la restitución de su libertad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se encuentra configurado por sus presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro: a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida”
- III.2. La acción de libertad contra particulares
- si se opta por la vía constitucional los accionantes deberán presentar la acción idónea para la defensa de sus derechos o garantías, atendiendo al ámbito de protección de cada acción
- III.3. Análisis del caso concreto
- inicialmente en lo referente a la presunta vulneración al derecho a la vida y a la libertad física
- la medida de hecho presuntamente asumida unilateralmente por las demandadas consistente en corte de suministro de los servicios de agua potable y energía de electricidad,
- CONFIRMAR