SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2019-S1
Fecha: 09-Jul-2019
III.3. Análisis del caso concreto
La peticionante de tutela denuncia que al haber suscrito un contrato de anticrético para vivir en el domicilio de Pura Casta Rodríguez Vda. de Ruiz
-hoy demandada- al haberse vencido el mismo, ésta se niega a devolverle el monto de dinero entregado por represalia, debido a que denunció a su hijo quien se encuentra detenido en virtud de un proceso penal que inició en contra de este; por tal razón la dueña de casa junto con su sobrina
Suely Justiniano de Torrez -codemandada- se dieron a la tarea de cambiar las cerraduras de ingreso a la vivienda, así como a encerrarla por dos días en su departamento, cortar los servicios de agua potable y luz, sin considerar que se encontraba con su hija menor de edad, bajo hostigamiento constante y que habiendo pedido auxilio a la Policía, los mismos le manifestaron que nada podían hacer pues no podían ingresar a una vivienda particular sin orden de autoridad competente, razones por las cuales considera que se puso en peligro tanto su vida como la de su hija, restringiéndose su libertad.
En ese sentido, el objeto procesal de la presente acción de libertad, confluye en la alegada supuestamente determinación arbitraria y unilateral de las ahora demandadas -una de ellas en su calidad de propietaria de un bien inmueble otorgado en calidad de anticrético a la accionante-, de asumir medidas de hecho al cambiar las cerraduras de ingreso a la vivienda, encerrarla dentro el departamento que habita juntamente con su hija menor de edad, y haber procedido al corte de suministro de los servicios de agua potable y energía eléctrica.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se encuentra configurado por sus presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro: a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida”
- III.2. La acción de libertad contra particulares
- si se opta por la vía constitucional los accionantes deberán presentar la acción idónea para la defensa de sus derechos o garantías, atendiendo al ámbito de protección de cada acción
- III.3. Análisis del caso concreto
- inicialmente en lo referente a la presunta vulneración al derecho a la vida y a la libertad física
- la medida de hecho presuntamente asumida unilateralmente por las demandadas consistente en corte de suministro de los servicios de agua potable y energía de electricidad,
- CONFIRMAR