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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2019-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2019-S4

    Fecha: 12-Jul-2019

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    El impetrante de tutela alegó la lesión de sus derechos a la libertad personal y de locomoción, al debido proceso en sus elementos fundamentación, motivación y congruencia, a la presunción de inocencia y a la tutela judicial pronta y efectiva, citando al efecto los arts. 23.I, 115, 116 y 117 de la CPE.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  El debido proceso y la fundamentación de las resoluciones. Jurisprudencia reiterada
    • Uno de los componentes del debido proceso es la fundamentación de toda resolución que busca infligir una sanción
    • las resoluciones que emiten las autoridades judiciales y administrativas deben exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de esas resoluciones. Este deber de fundamentación, se vincula tanto con la garantía del debido proceso como con el derecho a la seguridad jurídica
    • la autoridad jurisdiccional o administrativa, en su fallo, debe asegurar la estricta correspondencia entre lo peticionado y probado por las partes; en ese contexto,
    • La congruencia por su parte, responde a la estructura misma de una resolución,
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • i)
    • CONFIRMAR

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