SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2019-S2

Fecha: 15-Jul-2019

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Empero, no se remitió el cuaderno de control jurisdiccional al juzgado de ejecución penal, a efectos de su seguimiento; que conforme establece el art. 39 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS) -Ley 2298 de 20 de diciembre de 2001- “…que estipula lo siguiente en la primera parte: ‘Cumplida la condena, concedida la Libertad Condicional o cuando cese la detención preventiva, el interno será liberado en el día, sin necesidad de trámite alguno´…” (sic), es decir, sin necesidad de acreditación de certificado de permanencia de la administración policial de la cárcel; pero que de todas formas se presentó Certificación de Permanencia y Conducta actualizado, y que a la fecha transcurrieron más de tres meses sin que la autoridad demandada haya emitido el respectivo mandamiento de libertad por cumplimiento de su condena, pese de haberse apersonado a su despacho, por lo que, considera que se encuentra privado indebidamente de su libertad.