Sentencia Constitucional Plurinacional 0538/2019-S1
Fecha: 15-Jul-2019
segundo agravio,
En lo referente al segundo agravio, relativo a que la Sentencia de primera instancia apelada es incongruente, ya que en todos los Considerandos de la misma se expone como na demanda de declaración judicial de paternidad, pero en el por tanto de la Sentencia, en el fondo va anular parcialmente la filiación y ordenará una nueva filiación.
Al respecto, corresponde precisar que, si bien en el Auto de Vista cuestionado refirieron que este agravio que fue descrito en los “puntos 1.2 y 2.3”, y que fue respondido de forma conjunta con el primer agravio; sin embargo, de la lectura del mismo se advierte que solamente señala y fundamenta en cuando al primero descrito ut supra, indicando las razones por las cuales la declaración judicial de filiación debe tramitarse como proceso extraordinario; lo que permite arribar a la conclusión que no existe pronunciamiento expreso sobre este punto en específico, siendo evidente la vulneración del derecho de la peticionante de tutela al debido proceso en sus elementos de motivación y fundamentación de las resoluciones.
- Partes:
- CONFIRMAR
- a)
- II.1.
- b.1)
- b.2)
- II.2. Lo
- 1)
- confirmó
- primer agravio,
- segundo agravio,
- tercer y cuarto agravios
- quinto agravio
- en relación a los cuatro últimos agravios denunciados –segundo, tercero, cuarto y quinto– aspecto que hace viable la concesión de la tutela solicitada.
- previamente se resolverá esta
- REVOCAR