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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0556/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0556/2019-S1

    Fecha: 16-Jul-2019

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    • acción de libertad
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • 1)
    • i)
    • a)
    • “improcedencia”
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • El art.
    • ante denuncia de irregularidades, actos ilegales u omisiones presuntamente cometidas por los fiscales o policías en la etapa preparatoria del proceso, que impliquen lesión a los derechos fundamentales de todo denunciado o sindicado, la misma debe presentarse ante el juez cautelar como el encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación, en aplicación de lo dispuesto por las normas previstas en los arts. 54.1) y 279 del CPP, sin que sea admisible acudir en forma directa a esta acción tutelar si con carácter previo los hechos denunciados no fueron reclamados ante la autoridad encargada del control jurisdiccional, que es la apta para restablecer las presuntas lesiones a derechos fundamentales
    • control jurisdiccional
    • Fragmento 13
    • ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional
    • Fragmento 15
    • II.2.1. En relación a la Fiscal de Materia demandada
    • III.2
    • CONFIRMAR

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