SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2019-S4
Fecha: 29-Jul-2019
a)
Fidel Porfidio Mamani Machaca, tercero interesado, mediante su representante legal y su defensa técnica, en audiencia, manifestó lo siguiente: a) El incidente por defectos absolutos planteado, fue acompañado de documentación idónea, demostrando a la autoridad jurisdiccional que toda la mercadería se hallaba consignada y que se cancelaron los impuestos, conforme acredita la certificación emitida por el SIN, con anterioridad al hecho que persigue la ANB; extremo con relación al cual, se remitió al DS 0708; b) Si bien se cuestiona el hecho de que las facturas no fueron exhibidas oportunamente, ello se debió a que se encontraba realizando otras actividades, lo que no implica que no tuviera el derecho de hacerlo, pudiendo el impetrante de tutela, interponer los recursos pertinentes ante la autoridad competente; c) Se cuenta con documentación respaldatoria idónea que acredita su derecho propietario sobre la mercadería, habiéndose cancelado los impuestos correspondientes en favor del Estado; y, d) Es evidente que la mercancía se trata de teléfonos celulares, mismos, que al encontrarse retenidos, han disminuido su valor económico al devaluarse frente al constante cambio de modelos y tecnología, lo que ha generado un enorme perjuicio económico, no solo al tercero interesado, sino también a todas aquellas otras personas que los adquirieron al por mayor para venderlo al por menor. En tal sentido impetró se confirme lo decidido por las autoridades demandadas.
Ante la pregunta del Tribunal de garantías sobre si recibió una respuesta oficial respecto al cumplimiento de lo resuelto por la justicia ordinaria, manifestó que la ANB, indicó que la Resolución Administrativa (RA) 73/2018 de 28 de noviembre, seguía subsistente en todas sus partes y se complementaba ordenando la devolución total de la mercancía descrita en las actas de intervención; determinación que se halla suscrita por el solicitante de tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Los actos consentidos como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- ordenando la devolución total de la mercadería descrita en el acta de intervención 08/2016 a favor de Fidel Porfirio Mamani Machaca en cumplimiento al Auto de Vista
- CONFIRMAR