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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2019-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2019-S4

    Fecha: 29-Jul-2019

    3° Disponer

    3° Disponer, que el citado Juez demandado, una vez que tome conocimiento de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, de manera inmediata señale fecha y hora de audiencia solicitada, siempre y cuando, la situación jurídica del accionante respecto a su solicitud, no hubiese sido modificada y la causa ya hubiera merecido decreto de radicatoria ante el Tribunal de Sentencia correspondiente.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • Fragmento 5
    • Fragmento 6
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites señalados por la ley
    • III.2.  La competencia del juez de instrucción en lo penal en la tramitación de la solicitud de cesación de la detención preventiva cuando existe presentación de acusación
    • cuando
    • el funcionario recurrido, una vez citado legalmente con el recurso no comparece a la audiencia del hábeas corpus –ahora acción de libertad– y no presenta informe alguno,
    • se tendrán por probados los extremos denunciados cuando las autoridades denunciadas, no desvirtúen los hechos demandados
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR
    • 3° Disponer

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