SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2019-S4
Fecha: 29-Jul-2019
Fragmento 5
Armando Zeballos Guarachi, Juez de Instrucción Penal Décimo del departamento de La Paz, mediante informe escrito presentado el 19 de marzo de 2019, cursante a fs. 8 y vta., indicó lo siguiente: 1) Resulta evidente que el proceso seguido por el Ministerio Público contra Aguilar Cornejo y otros, se encontraba radicado en el Juzgado a su cargo; dentro del cual, se presentó acusación formal; por lo que, conforme a lo dispuesto por el procedimiento penal, se dispuso el sorteo de obrados y se remitió el mismo ante el Tribunal de Sentencia Penal Quinto del mismo departamento; 2) Conforme consta en el Libro de Acusaciones, el 25 de febrero de la citada gestión, se remitió la causa a dicho Tribunal; asimismo, el 11 de marzo del mismo año, reingresó por observaciones de foliación y sellos, mismos que fueron subsanados y devueltos el 13 de igual mes y año, como consta en la nota de recepción suscrita por el Auxiliar del Tribunal de Sentencia previamente mencionado; y, 3) No es evidente que no fueran recibidos memoriales por observaciones en la firma; en todo caso, esos actos no se efectuaron en el Juzgado a su cargo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites señalados por la ley
- III.2. La competencia del juez de instrucción en lo penal en la tramitación de la solicitud de cesación de la detención preventiva cuando existe presentación de acusación
- cuando
- el funcionario recurrido, una vez citado legalmente con el recurso no comparece a la audiencia del hábeas corpus –ahora acción de libertad– y no presenta informe alguno,
- se tendrán por probados los extremos denunciados cuando las autoridades denunciadas, no desvirtúen los hechos demandados
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 3° Disponer