SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0579/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0579/2019-S2

Fecha: 17-Jul-2019

1)

Martha Méndez de Torrez Directora del Instituto de Educación Bancaria mediante informe escrito de 5 de febrero de 2019, cursante de fs.119 a 121, señaló que:    1) El art. 9.e de la RM 001/2019, establece que “debe inscribirse a primero de educación primaria comunitaria vocacional cumplidos los seis años hasta el 30 de junio” (sic); 2) El hoy accionante es quien priva a su hijo NN de recibir una educación integral holística, al haberlo retirado de la Unidad Educativa Virgen de Copacabana, desconociendo lo establecido en el art. 82.II de la referida Resolución Ministerial, que establece que los alumnos deben permanecer hasta la conclusión del año escolar, salvo casos justificados; 3) A ello se suma que cuando se ingresó al sistema a efectos de la inscripción del aludido menor se verificó que el mismo tenía notas cargadas por la Unidad Educativa Virgen de Copacabana hasta el tercer bimestre; 4) Respecto a la nota presentada por el impetrante de tutela, la misma ha sido respondida señalando que si el menor NN figura en otro colegio no puede ser aceptado, porque habría problemas cuando el sistema se consolide ya que “figuraría en primero el 2018 y el IDEB no lo puede inscribir nuevamente en primero el 2019”, más aun cuando no existe informe documentado y elaborado por la comisión técnico pedagógica de la Unidad Educativa Virgen de Copacabana “confirmando la retención de año del menor”; 5) En la situación en la que se encuentra el referido menor no se sabe con qué información se encuentra en el sistema, por ello ”no es posible recibir a un niño, cuyo padre no tiene claridad en lo que busca para su pequeño hijo” (sic); 6) Por otro lado, el demandante de tutela tenía la posibilidad de acudir previamente a la vía administrativa; es decir, ante el Ministerio de Educación; y, 7) Finalmente, al no haberse vulnerado ningún derecho del menor NN, solicita se deniegue la tutela.