SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0584/2019-S1
Fecha: 22-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la lesión a su derecho al debido proceso; toda vez que, las autoridades hoy demandadas determinaron proseguir la tramitación de la causa penal seguida en su contra, pese a carecer de competencia y que el Ministerio Público retiró la acusación Fiscal, fundamentando mediante la providencia de 18 de febrero de 2019, que existiría un Auto de apertura de juicio sobre la base de la acusación particular, sin considerar lo dispuesto por los arts. 342 y 363.1 del CPP, pues a raíz del retiro de la acusación todo vuelve al estado procesal anterior a la presentación de la misma, además no tomaron en cuenta que la víctima no es titular del proceso, sino parte coadyuvante, no pudiendo continuar el caso en base a la acusación particular (SC 1794/2003-R); por lo que, correspondía dictar sentencia absolutoria en su favor según dispone el art. 363 inc. 1) del adjetivo penal; ya que, al intentar la prosecución de la causa se provoca que se encuentre ilegalmente procesada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “…SENTENCIA ABSOLUTORIA DE PRONTO DESPACHO, DISPONGA LIBERTAD INMEDIATA, Y SE REVOQUEN TODAS LAS MEDIDAS CAUTELARES”
- debe estar a procedimiento y datos del proceso”
- RESOLUCIÓN FDLP/EJBS/S-Nº 110/2017
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances con relación al debido proceso
- Al respecto, la doctrina desarrollada por el entonces Tribunal Constitucional, estableció que la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional,
- …para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso en concreto
- CONFIRMAR