SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0584/2019-S2
Fecha: 22-Jul-2019
II.3.
II.3. El 20 de noviembre de 2015, dentro del proceso sumario de hecho de desalojo, seguido por Renán Jesús Balderrama Ayala en representación legal de Hernando Antonio Mollinedo Cuba contra Francisco Alberto Huayhua; el Juez del entonces Juzgado de Instrucción Civil y Comercial Cuarto -ahora Juzgado Público Civil y Comercial Decimonoveno de la Capital- del departamento de La Paz; por Sentencia 885/2015 declaró probada en parte la demanda de desalojo, en cuya consecuencia, condenó al referido demandado que en el plazo de sesenta días computables a partir de la ejecutoria de dicho fallo, entregue y restituya a la parte actora, el garzonier ubicado en el inmueble de la avenida Busch 600 esquina Plaza Villarroel de la zona de Miraflores de la ciudad de Nuestra señora de La Paz, que viene detentando, bajo alternativa de expedirse mandamiento de lanzamiento en caso de incumplimiento. Sentencia que fue confirmada por Auto de Vista 70/2018 de 26 febrero, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 21 a 25; y, 200 a 202).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y excepciones al principio de subsidiariedad
- niños,
- niños, niñas
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- Sobre el primer punto
- En cuanto al segundo punto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR