SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0585/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0585/2019-S2

Fecha: 22-Jul-2019

b)

b)  Con relación al punto tercero del mismo apartado se hace referencia al incumplimiento de una obligación, por consiguiente el conocimiento de la causa le corresponde a otra instancia judicial, y en consecuencia no resultaría competencia del Ministerio Público; al respecto, no habría considerado lo establecido en el Auto Supremo 297/2015-RRC, que al respecto da luces que el hecho consumado por el denunciado se constituye en un delito de estafa y no en un mero incumplimiento, toda vez que antes de la suscripción del contrato este tenía pleno conocimiento que no podría cumplirlo; en ese sentido, con dolo y de forma premeditada le sonsacó la suma de                   $us. 24.000.- (veinticuatro mil dólares estadounidenses); al respecto la autoridad Fiscal estaría obligada a interpretar la norma de manera más favorable a la admisión de la acción y en ese orden el proceso debió continuar con las investigaciones.