Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0599/2019-S1
Fecha: 24-Jul-2019
II.6.
II.6. Se tiene solicitud de 10 de agosto de 2018, formulada por los ahora peticionantes de tutela, por la que “MANIFESTANDO VULNERACION A DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES INTERPONE RECURSO DE CASACION EN EL FONDO CONTRA EL AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO DE 18 DE JULIO DE 2018 Y PIDE QUE EL REFERIDO AUTO INTERLOCUTORIO SEA DECLARADO NULO” (sic [fs. 30 a 37]).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. La acción de amparo constitucional no es una instancia procesal adicional que forme parte de las vías legales ordinarias
- III.2. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR